por JOSUÉ PEREIRA DA SILVA*
Comentario sobre el libro de Axel Honneth.
El libro, cuya edición original en alemán data de 2001, consiste, como indica su subtítulo, en “una reactualización del filosofia del derecho de Hegel”. A pesar de este subtítulo, sin embargo, el objetivo del libro es más ambicioso que una simple reafirmación del libro antes mencionado de Hegel.
De hecho, además del propósito de recuperar y señalar la relevancia de la teoría desarrollada por Hegel en ese libro, Honneth busca mostrar cómo la teoría construida por el Hegel maduro puede ayudar a construir una teoría crítica capaz de superar las aporías de la debate entre universalismo abstracto y contextualismo relativista; o, en otras palabras, entre liberalismo y comunitarismo.
La intención de Honneth, al menos desde su libro lucha por el reconocimiento, ha sido construir una teoría social crítica, universalista sin ser abstracta, prestándose, por tanto, a la apropiación por parte de los movimientos sociales en sus luchas contra la opresión; pero que, al mismo tiempo, no es sólo un reflejo de las demandas históricamente situadas de tales movimientos. Y, en este sentido, el presente libro es un paso más en esta trayectoria, ya que se suma al joven Hegel de la época de Jena, central del libro. lucha por el reconocimiento, el Hegel maduro de filosofia del derecho.
En su edición original, el libro consta de tres partes, cada una con dos capítulos; La edición brasileña, objeto de esta reseña, contiene, además de los seis capítulos de la edición original, una larga introducción, firmada por Denílson Luis Werle y Rúrion Soares Melo. Este último ayuda a situar el libro en relación con los trabajos de Hegel y el propio Honneth, así como en relación con el debate contemporáneo sobre las teorías de la justicia y la teoría crítica; por ello, es muy útil principalmente para lectores no iniciados.
Al igual que el libro de Hegel, el de Honneth también se compone de tres partes. Sin embargo, no es posible establecer un simple paralelo entre las partes de los dos libros. Así, el libro de Hegel se dedica en secuencia, en tres partes, a la discusión del “derecho abstracto”, la “moralidad” y la “vida ética”, respectivamente. La de Honneth, en cambio, no trata los mismos temas que la secuencia hegeliana.
En cambio, las tres partes del libro de Honneth están dedicadas, respectivamente, a "filosofia del derecho de Hegel como teoría de la justicia”; el “vínculo entre la teoría de la justicia y el diagnóstico de la época”; y la “doctrina de la ética como teoría normativa de la modernidad”. En los dos capítulos de la primera parte, donde se analiza la filosofía del derecho como teoría de la justicia, Honneth aborda los temas del derecho abstracto y la moral; aquí, su objetivo es mostrar cómo en Hegel los dos temas son complementarios, pero todavía insuficientes, ya que son unilaterales e incompletos, conduciendo, por tanto, a lo que él llama “sufrir de indeterminación”. Este último, a su vez, es el tema del tercer capítulo que abre la segunda parte del libro, en el que el autor analiza el vínculo entre la teoría de la justicia y el diagnóstico de la época.
El concepto de sufrimiento es el sintetizador de las patologías de la libertad individual. Y el sufrimiento de la indeterminación, que nace de los límites del derecho abstracto y de la moral, sólo puede remediarse en el ámbito de la ética, tercer y último ámbito del modelo hegeliano; esta esfera es la única que ofrece las condiciones intersubjetivas de autonomía y autorrealización individual capaces de superar el sufrimiento de la indeterminación.
Así, el cuarto capítulo trata precisamente de la liberación de este sufrimiento a través de la discusión del “sentido terapéutico de la 'ética'”. La liberación del sufrimiento de la indeterminación es, por tanto, el objeto del cuarto capítulo, que abre la puerta a la problemática de la tercera parte del libro, en la que encontramos una discusión más completa de la doctrina de la ética. El ámbito de la ética sería el punto de llegada de la teoría de Hegel, que Honneth define como una “teoría normativa de la modernidad”; en los dos capítulos de esta última parte del libro, el autor discute, respectivamente, la relación entre autorrealización y reconocimiento (capítulo 5) y lo que denomina la sobreinstitucionalización de la ética (capítulo 6).
Como es sabido, el ámbito de la “vida ética”, que se encuentra en la tercera parte del libro de Hegel, está formado por tres instituciones, a saber, la familia, la sociedad civil y el Estado. Para abordar la relación entre autorrealización y reconocimiento, Honneth centra el análisis en estas tres instituciones. La familia es considerada la base elemental de toda sociedad y la institución encargada de la socialización de los individuos; basada en el amor, la familia se ocupa de las necesidades y necesidades de los individuos y les brinda la confianza necesaria en sí mismos para participar en interacciones más amplias en las otras dos instituciones.
La sociedad civil es el espacio social donde los individuos adultos entran en interacción persiguiendo sus intereses individuales, mientras que el Estado es el lugar de lo universal; y a diferencia de la sociedad civil, donde predominaría la idea de interés, el Estado se basa en el valor, de modo que en lugar del interés, aquí predomina la noción de honor. Por tanto, la carencia, el interés y el honor son, respectivamente, las categorías claves de las tres instituciones mencionadas en el ámbito de la ética; a ellos Honneth vincula formas de reconocimiento necesarias para la autorrealización que se basan, respectivamente, en el amor, la solidaridad y los derechos.
Puede verse que hay una intención en este libro de Honneth de vincular el modelo desarrollado por Hegel en filosofia del derecho con la que se encuentra en los escritos del período de Jena; queda así la impresión de que la teoría esbozada por Hegel en esos escritos no fue abandonada sino desarrollada en la obra madura. Esto se vuelve claro en el intento de Honneth de relacionar las tres formas de reconocimiento (amor, ley y solidaridad) con las tres instituciones en la esfera de la vida ética (familia, estado y sociedad civil).
En el último capítulo de su libro, Honneth también destaca el entrelazamiento entre las tres instituciones de la esfera hegeliana de la ética. Así, la familia, que tiene como fundamento el amor, es la institución encargada de atender las necesidades de los individuos y su primera socialización; pero en la familia también hay elementos que indican su vinculación con las otras dos instituciones (sociedad civil y Estado), como es el caso del contrato matrimonial. Este último contiene tanto la dimensión del contrato entre individuos que los vincula a la sociedad civil como la dimensión de legalidad que los vincula al Estado.
En la sociedad civil, en cambio, están las corporaciones, cuya lógica de funcionamiento sugiere más la idea de solidaridad de grupo que la de conflicto de intereses; el Estado, lugar de lo universal, se representa también como si fuera una extensión de la amistad, es decir, como expresión de una comunidad amplia basada en la amistad entre sus miembros. Evidentemente, todos los casos presuponen relaciones intersubjetivas y no excluyen la posibilidad de conflicto, como bien traduce la fórmula “lucha por el reconocimiento”.
Para concluir, llamo aquí la atención sobre un cambio aparentemente sutil en la teoría del reconocimiento de Honneth, pero que tiene importantes consecuencias para ella, principalmente porque su autor la presenta como una teoría social crítica. Me refiero al cambio en uno de los elementos de la tipología de reconocimiento entre el libro lucha por el reconocimiento y escritos más recientes, incluido el libro aquí analizado. es decir, en lucha por el reconocimiento las tres categorías correspondientes a las tres esferas de reconocimiento fueron: amor, derecho y solidaridad; en escritos más recientes, la palabra mérito o mérito ha aparecido a menudo en lugar de solidaridad.
Sin embargo, cualquiera que sea la definición que se le dé a la solidaridad, no es posible sustituirla simplemente por la noción de intereses individuales, sin que ello tenga consecuencias para la teoría, tanto en su dimensión de crítica social como en el plano normativo. Considero que una teoría social que pretenda ser crítica debe ser capaz no sólo de explicar las iniquidades de la sociedad contemporánea, develando sus asimetrías; también necesita ser capaz de señalar formas de superar tales iniquidades. Y, en mi opinión, gran parte de estas iniquidades que vive la sociedad contemporánea provienen de la tendencia del capitalismo, especialmente en la época actual, a invadir todos los ámbitos sociales, tratando de someterlos a la lógica de la mercancía.
Al sustituir la noción de solidaridad por la de mérito en escritos más recientes, la prometedora teoría de Honneth parece preferir recuperar nociones que contribuyan a fortalecer aún más la lógica de los intereses individuales, en lugar de favorecer una profundización de la crítica a las formas contemporáneas de “fetichismo de la vida”. ”. mercancía”.
* Josué Pereira da Silva es profesor de sociología de la Unicamp y autor de Trabajo, ciudadanía y reconocimiento (Annablume).
Publicado originalmente en Intersecciones: Revista de Estudios Interdisciplinarios, año 11, norteo. 1 de junio de 2009.
referencia
Axel Honneth. El sufrimiento de la indeterminación: una reactualización de la Filosofía del Derecho de Hegel. Traducción: Rúrion Soares Melo. São Paulo, Editora Singular / Esfera Pública, 2007, 145 páginas.