por ARI MARCELO SOLÓN*
Comentario sobre libros de Tommaso Gazzolo
¿Cuál es el mejor método legal para derrotar al opresor? La semana pasada, jueves por la noche, en clase. Ley judía, presenté el libro de Tommaso Gazzolo.
Moisés le pregunta a Dios: “Quiero saber cómo interpretan mis hijos las coronas místicas junto con la revelación de la Torá”. Con esto queda claro que Moisés no entiende nada de la ley como interpretación.
A partir de esto, Tommaso Gazzolo articula las raíces místicas y halájico del pensamiento del mercantilista Tullio Ascarelli. Si pudiéramos resumir el pensamiento de Ascarelli en una línea, sería: “la ley es la interpretación”. Esperaba que la génesis jusfilosófica del caso jurídico prolongara la fusión entre hermenéutica y realismo jurídico, después de todo, Ley judía es un ejemplo de realismo jurídico: “por la mayoría se decide”.
Interesado en esta lectura de Gazzolo, me di cuenta de que el autor, como yo, tiene intereses comunes: Kelsen, Heidegger y el mundo obrero. Y, a partir de las coronas místicas, el autor fundamenta esta ley como hermenéutica con Gershom Scholem, la ley hebrea y su interpretación con Benjamin, con Levinas, y varios pasajes del Talmud que inspiraron a Ascarelli, como el famoso caso del horno de Achnai. , en el cual si dice que la ley no está en el cielo, la ley está en la tierra.
Luego pasé a leer el segundo libro. ¿Cuál fue mi decepción inicial?
Sin Ascarelli, sin coronas místicas, solo el realismo más radical de la escuela de Génova.
Incluso la interpretación/ley jurisprudencial está separada de la hermenéutica. Es decir, en el choque entre la filosofía analítica y la hermenéutica jurídica, gana la primera.
¿Dónde está Gadamer? ¿Dónde está Heidegger? Cualquier cosa.
Esto me recordó el violento enfrentamiento que tuve con el gran jurista de la escuela de Génova, Guastini. También estoy a favor del realismo jurídico. Y también, aunque sea heréticamente, estoy a favor de Kelsen, pero separo el realismo del positivismo. En este sentido: “El punto de vista del profesor Solon es claramente normativo. El no cognitivismo ético no plantea ninguna teoría de interpretación jurídica, ni descriptiva ni normativa. Es una posición que se ocupa de la estado lógica de los juicios morales y, como tal, no tiene implicaciones normativas. Se refiere a la ética, no al derecho y mucho menos a la interpretación jurídica. El realismo legal pretende ser un marco simple para describir la práctica legal actual. No hay lugar en el realismo jurídico para plantear lo que deben hacer los jueces o los intérpretes legales” (GUASTINI, 2014, p. 53-54).
Precisamente, me encantan los "deslices" cognitivistas del autor de Kelsen, porque defiende, sin quererlo, el socialismo revolucionario legal.
Este libro de la escuela genovesa combate la opresión no menos que yo, pero la estrategia es diferente: enfatiza el no-cognitivismo de nuestros héroes, Kelsen, Ross y otros realistas.
¿Cómo defender el mundo del trabajo con este silencio ético? ¿Cómo llegar al final de la historia revolucionaria sin buscar vías alternativas de creación del Derecho? Si los genoveses descubrieron América, también tienen un buen método para combatir la ley natural católica conservadora.
Saliendo del campo evaluativo y quedándonos solo en el campo estrictamente metodológico. Socavar el suelo pantanoso de la ley natural católica sin luchar explícitamente de frente. creo que un error.
Como dijo Wittgenstein, los positivistas no ven que la ley sea mágica. Pero, al fin y al cabo, ¿quién no cree en la mística de las coronas, de la ley? ¿Quién no cree que hay letras blancas de la ley escondidas bajo las letras negras, y sólo estas letras escondidas sirven para defender a los oprimidos?
Permanecer en el terreno universal del positivismo, ocultando la ética, derrotando al enemigo reaccionario y conservador en términos de metodología.
*Ari Marcelo Solón es profesor de la Facultad de Derecho de la USP. Autor, entre otros, de libros, Caminos de la filosofía y la ciencia del derecho: conexión alemana en el desarrollo de la justicia (prismas).
Referencias
GAZZOLO, Tomasso. el caso legal: una ricotruzione giufilosofica. Turín: Giappichelli, 2018.
GAZZOLO, Tomasso. Una doble appartenanza. Tullio Ascarelli y la pierna como interpretación. Pisa: Pacini Giuridica, 2019.
GUASTINI, Ricardo. Un (breve) comentario al comentario. RBF, año 62, v. 240, ene./jun. 2013.
GUASTINI, Ricardo. LA SEMANTICA DEL DISSENSO EI DIRITTI COSTITUZIONALI. Rivista di Diritto e Procedura Penale italiana, Milán: Giuffrè Editore, anno LIX, fasc. 2, 2016. pág. 859-866.