por EUGENIO BUCCI*
Las conversaciones que los reporteros tuvieron con sus fuentes y decidieron no hacer públicas deben ser protegidas, no expuestas por los tribunales
La semana pasada volvió a pasar. Un pequeño incidente ha demostrado, una vez más, que la cultura política y jurídica brasileña aún no comprende del todo la esencia de la libertad de prensa. Esta vez, el episodio ocurrió en el ámbito del Supremo Tribunal Federal (STF).
El despacho en el que el ministro Alexandre de Moraes pedía a las empresas periodísticas que entregaran los audios completos de las entrevistas realizadas por el senador Marcos do Val (Podemos-ES) tropezó con una vacilación inicial reveladora, que debe servir de advertencia. Como se informó ampliamente, la primera versión de la orden judicial establecía una multa para quienes no la cumplieran y, lo que es más preocupante, no aclaraba si el magistrado exigía la presentación de todas las conversaciones grabadas con el senador o solo de aquellas. que efectivamente había sido publicado por los órganos de prensa.
Entonces, en un beneficioso cambio de rumbo, se enderezó la cosa: además de retirar la previsión multa, el ministro explicó que se refería únicamente a los contenidos, en sus términos, “ya publicados”. Mejoró así. Estaba bien, como debe ser. Marcos Do Val, ya sabes, es el que ha estado hablando de propuestas golpistas que habría escuchado del que fuera Presidente de la República hasta el año pasado. La queja necesita ser investigada, por supuesto.
El problema es que, en declaraciones dispersas y diversas, el parlamentario dio distintas versiones de los discursos presidenciales que habría presenciado. Ante las inconsistencias, la Corte Suprema hace bien en tratar de reunir todos los pronunciamientos posibles en un intento de reconstituir la verdad fáctica. El esfuerzo es necesario y bienvenido. En ese sentido, es necesario registrar el indiscutible mérito del STF en contener los nefastos, aunque “humeantes”, intentos de golpe de Estado. En esta labor institucional -que resultó decisiva para garantizar la estabilidad de la democracia- el ministro Moraes ocupó y ocupa un lugar de honor. Por lo tanto, no se ataca aquí la conducta de los miembros del Supremo Tribunal Federal.
El episodio en cuestión, sin embargo, revela un problema de fondo: cuando se trata de la libertad de prensa, el poder, lamentablemente, titubea, titubea, dejando ver que no sabe lo que debe proteger con racional firmeza. Hay innumerables casos. Hay, frescos en mi memoria, medidas de censura que tuvieron que ser revertidas, afortunadamente, en un abrir y cerrar de ojos.
Somos una sociedad que no ha entendido del todo que la libertad de prensa es mucho, mucho más que libertad de expresión. En efecto, el periodismo promueve la libre circulación de ideas, que es un derecho de todas las personas. Sí, la prensa es una forma especializada de libertad de expresión. Pero su sustancia es mayor que la mera libertad de expresión. La actividad periodística, para realizarse como práctica social, requiere de derechos que no se limitan a la expresión de ideas. Más que una libertad para decir, es una libertad para hacer.
El oficio de los reporteros y editores se define mucho más por lo que hacen que por lo que enuncian o dejan enunciar. Para empezar, estos profesionales se reúnen todos los días para criticar el poder. Después, salen a la calle, entrevistan a personas, consultan documentos, declaran hechos y hacen preguntas poderosas que les incomodan. En su quehacer cotidiano, ejercen los derechos que la democracia les garantiza y cumplen con su deber, que es esencial para la democracia misma.
Más que un hábito, una ética y un discurso, la prensa es un método que incluye una escuela propia para controlar el poder, promover la investigación independiente y moderar el debate público. Esta libertad de hacer incluye, no por casualidad, el derecho a no decir. Cualquiera que edite una publicación seria trata diariamente con una gran cantidad de información. No todo está publicado. Es cierto que de vez en cuando, por desgracia, se escapa alguna tontería, lo que genera desvelos a los profesionales, pero el método periodístico siempre tiene el ideal de desarrollar criterios para seleccionar lo que merece ser publicado. Lo que no se publica queda en reserva.
El derecho a no publicar parte de la información es parte de la libertad de prensa. De ello se deduce que las autoridades no deben exigir que el periodista le diga a la policía lo que decidió no publicar. Tal afirmación expone los fundamentos fundamentales al riesgo, como el secreto de la fuente. Las conversaciones que los reporteros tuvieron con sus fuentes y decidieron no hacer públicas deben ser protegidas, no expuestas por los tribunales.
Es claro que una empresa, sola y espontáneamente, puede decidir mostrar todos sus archivos a las autoridades que realizan una investigación. Las decisiones privadas autónomas no crean jurisprudencia. Por regla general, sin embargo, el juez actúa bien cuando se limita a conocer lo que ya ha sido publicado. La libertad de prensa exige que los periodistas tengan derecho a no expresar lo que no quieran. En el presente caso, por suerte para el país, prevaleció el buen sentido democrático.
*Eugenio Bucci Es profesor de la Facultad de Comunicación y Artes de la USP. Autor, entre otros libros, de La superindustria de lo imaginario (auténtico).
Publicado originalmente en el diario El Estado de S. Pablo.
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