Estado paralelo y estado profundo

Imagen: Marcelo S. da Silva
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por VINÍCIO CARRILHO MARTÍNEZ & VINÍCIUS SCHERCH*

En Brasil, rumbo a un destino desalentador, es la seguridad jurídica la que da las primeras señales de sacudidas sísmicas

Cuando el bandidaje se convierte en un concepto político, sistémico y sistemático, por no hablar de la corrupción institucional, es una señal de que quizás hemos cruzado la línea de cualquier nivel razonable de seguridad. Si los países latinoamericanos enfrentan ataques directos a la soberanía nacional, a su seguridad nacional, en Brasil, camino de un destino desalentador, es la seguridad jurídica la que muestra los primeros signos de conmociones sísmicas. Como se suele decir, las amenazas, ataques y ataques se producen tanto en el mundo real como en el digital.

La propia noción de seguridad jurídica, poco a poco, se desmorona ante la pérdida de autonomía y soberanía estatal en el ámbito de las relaciones digitales. Esto se debe a que, en la creación de identidades en Internet, la focalización algorítmica crea burbujas que son capaces de socavar la democracia. Los referentes de derechos humanos, debido proceso y racionalidad deliberativa se ven socavados por la intolerancia global que requieren los sistemas democráticos (Appadurai, 2019, p. 29).

Por tanto, se destruyen las perspectivas que impone el Estado democrático de derecho, especialmente en lo que respecta a la construcción de una República menos injusta, no privatizada y más pública. Por mucho que la democracia se disuelva en el aire, más aún lo es la idea de que contiene pluralismo, diversidad, diálogo e inclusión, sobre una base conceptual.

Desde un punto de vista más técnico, el shock sísmico se diagnostica en la fractura expuesta de la llamada “dominación racional-legal” (algo así como el corolario del principio de legitimidad –más allá de la estricta legalidad) y, ahondando en este aspecto , es inminente que se rompan las estructuras civilizadoras del “monopolio legislativo” y, en consecuencia, del “uso legítimo de la fuerza física”.

En otras palabras, es este desiderátum, el ataque al corazón del principio civilizatorio, sobre el que llama la atención la ministra Cármen Lúcia, del Supremo Tribunal Federal (STF), concluyendo que: “Este escenario es “bastante grave”. “Sobre todo considerando la audacia del delito de querer ser formulador de leyes. Existe un riesgo real de que este comportamiento se extienda a niveles estatales e incluso nacionales. Esta audacia criminal es grave”, destacó.[i]

La postura de la excelente ministra Cármen Lúcia también indica la acción, no sólo la atención, del Estado-Juez, ante la “osadía” del crimen organizado al posicionarse como legislador. El hecho es, sobre todo, grave, si pensamos que la propia regulación del Poder Público quedaría a su merced. Y, de manera bastante cínica (en relación con el mismo poder público), está la posibilidad de que el crimen organizado –en el sistema solar del legislativo– se indique a sí mismo y a sus métodos (tribunal penal) no sólo como elementos de normalización, sino más bien de normalización. , de control social.

Lo que nos lleva al título, antes de pasar a la indicación sistémica y conceptual, porque, a pesar de no ser nomenclaturas siamesas, están muy relacionadas. Si por Estado profundo podemos entender la existencia de grupos, familias (dinastías) e incluso individuos que manipulan los hilos del andamiaje social brasileño, por Estado paralelo implicamos la fuerte presencia de organizaciones criminales, mafias, dentro de la máquina pública.

Es en relación al Estado paralelo que nos dedicaremos un poco más. Si todavía es un hecho que no es posible legislar claramente contra el Estado democrático de derecho – ya que aún persisten delitos contra proyectos claramente anticonstitucionales – las posibilidades que buscan llegar al corazón del Estado brasileño son evidentes. Nuevamente citamos a la ministra Cármen Lúcia: “Incluye, en el debido proceso legislativo, la observancia de los principios de moralidad y probidad, encaminados a “evitar que las disposiciones constitucionales sean sujetas a cambios mediante el ejercicio de un poder constituyente derivado y distanciado de las fuentes de legitimidad”. ubicados en los foros de una esfera pública que no puede reducirse al Estado”. (Información 998 – STF, ADI 4887/DF, rel. Min. Cármen Lúcia, juicio virtual finalizado el 10.11.2020/XNUMX/XNUMX)

Por otro lado, es posible manipular fácilmente el presupuesto público para que los fondos públicos no abastezcan el aparato represivo del Estado, involucrado en el seguimiento y enfrentamiento de este mismo crimen organizado que busca el control ejecutivo y legislativo. Al romper todas las barreras, la seguridad pública se convertiría efectivamente en seguridad nacional, como se ve en Ecuador, El Salvador y México: uno de los precursores del llamado narcoestado.

De hecho, cuando la seguridad pública interfiere con la seguridad nacional, se da otra advertencia, se dispara la señal de algún tipo de golpe de Estado; así fue en el Brasil posterior a 1964 y así es en Ecuador y El Salvador. Luego, diseña un bucle de excepción, un golpe dentro de un golpe, que limita cada vez más los derechos fundamentales y exige cada vez más la adición de un poder absoluto.

Si el crimen organizado tiene un banco, ¿cómo se puede decir que el sistema político-jurídico está inmunizado? No lo es, sobre todo si consideramos que los recursos también se aplican al financiamiento de campañas para los poderes Ejecutivo y Legislativo.[ii]

Nuestro objetivo no es defender un Estado gendarme o un Estado penal, sino resaltar las amenazas más graves y graves a las que se enfrenta hoy la pacificación social, la propia justicia social, en el marco del frágil contrato social. Sobre todo porque, según Wacquant (1998), el Estado penal constituye un giro en las políticas penales y la aniquilación de las políticas sociales. Es decir, hay una disminución abismal de lo que se considera un derecho fundamental bajo el vértice de las libertades individuales, los logros sociales y las prácticas solidarias y un abrupto aumento de las políticas criminales bajo el ángulo del castigo.

No defendemos un Estado que se presta únicamente al control social y a la represión criminal, incluso o sobre todo porque la ley del más fuerte, del capital de la barbarie social, habita en Brasil en sus profundidades, tanto como mueve al Estado profundo –el poder público privatizado por oclocracias y plutocracias. A menos que señalemos a la élite del crimen organizado, en parte ya confinada en prisiones federales de máxima seguridad, es posible predecir que Brasil no tiene élites, sino más bien plutocracias en defensa de intereses sociópatas.

Es en este sentido que el Estado paralelo y el Estado profundo se posicionan como especies del género del Estado inconstitucional, en tanto habitan en sus núcleos todo el paralelismo y la profundidad de una crisis de “abusos indescriptibles” (Bonavides, 2009, p. 41) que sacuden los cimientos del Estado de derecho: la legalidad y la legitimidad.

Si el arte. 37 de la Constitución Federal de 1988 establece los principios-normas de legalidad, impersonalidad, moralidad, publicidad y eficiencia que son obligatorios para la aplicación de mecanismos que garanticen el orden y la seguridad social, las figuras paralelas y profundas del Estado demuestran la lógica de la policía. poder, vigilancia e inspección estatal, transformando a las instituciones en rehenes de la reorganización que crece al lado, en el árbol antilegal.

La solución, sin duda, estaría en el goce de los supuestos y lineamientos del Estado democrático de derecho, en el cumplimiento y promoción de los derechos humanos, en el goce de los derechos fundamentales. Este conjunto, siguiendo otras composiciones, corresponde al principio de regresión no moral/social: socialmente, el hambre, la pobreza, el analfabetismo, nos demuestran cuán lejos estamos de la justicia social; mientras que la intolerancia, la discriminación, la exclusión social y la búsqueda de hegemonía legislativa por parte del crimen organizado nos envían a una regresión moral. Y es en estos dos puntos donde el crimen organizado invierte su capital, para aprovechar la perturbación social y la disfunción institucional.

Para concluir, basta imaginar (aunque no exista “imaginación política”) sobre qué bases, cómo se organizaría, con qué fines se presentaría lo que se llama poder extroverso, inherente al poder público como institución reguladora y como cuerpo de persecución social -si estuviera bajo el yugo del crimen organizado-.

*Vinicio Carrilho Martínez Es profesor del Departamento de Educación de la UFSCar. Autor, entre otros libros, de Bolsonarismo. Algunos aspectos político-jurídicos y psicosociales (APGIQ). [https://amzn.to/4aBmwH6]

*Vinicius Scherch Tiene un doctorado en Ciencia, Tecnología y Sociedad en la UFSCar..

Referencias


APPADURAI, Arjun. Fatiga de la democracia. En: La gran regresión: un debate sobre los nuevos populismos y cómo afrontarlos. Trans. Silvia Bittencourt, et al. 1 ed. São Paulo: Estación Liberdade, 2019.

BONAVIDES, Pablo. De País Constitucional a País Neocolonial (El derrocamiento de la Constitución y la recolonización por el golpe de Estado institucional). 4 ed. São Paulo: Malheiros, 2009.

WACQUANT, Loïc. Del Estado social al Estado penal. Actos de investigación en ciencias sociales.. Vol. 124, septiembre de 1998. Disponible en: http://www.persee.fr/issue/arss_0335-5322_1998_num_124_1.

Notas


[i] https://congressoemfoco.uol.com.br/area/justica/crime-quer-formular-leis-diz-carmen-lucia-cenario-bastante-grave/.

[ii] https://www.gazetaderiopreto.com.br/politica/noticia/2024/09/rio-preto-e-citada-em-investigacao-sobre-banco-do-pcc.html.


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