por ERIK CHICONELLI GOMES*
Memoria, derecho y permanencia del crimen en la dictadura militar brasileña
La reciente decisión del Ministro Flávio Dino sobre la Ley de Amnistía representa un momento crucial en la intersección entre derecho y memoria histórica en Brasil. El análisis del documento judicial revela no sólo una interpretación jurídica, sino una profunda reflexión sobre cómo las sociedades afrontan sus pasados traumáticos.
El entendimiento presentado por Flávio Dino desafía décadas de interpretación restrictiva de la Ley de Amnistía, proponiendo un nuevo entendimiento que dialoga directamente con las demandas históricas de los movimientos por la memoria, la verdad y la justicia en Brasil. Esta inflexión jurídica sugiere un cambio significativo en la forma en que el Poder Judicial brasileño se ha posicionado frente a los crímenes de la dictadura militar.
El concepto de crimen permanente, central en el argumento de Flávio Dino, resuena directamente con las experiencias de familias que, décadas después del fin de la dictadura militar, todavía buscan a sus seres queridos. Esta comprensión jurídica dialoga con lo que María Paula Araújo destaca en su trabajo sobre memoria y justicia en el Brasil contemporáneo, donde la desaparición forzada constituye una violencia que se perpetúa en el tiempo. La permanencia del sufrimiento, materializada en la búsqueda continua de información sobre el paradero de los desaparecidos, demuestra cómo el aparato represivo logró proyectar su violencia mucho más allá del período dictatorial, afectando a las generaciones posteriores y desafiando la noción misma de temporalidad en el derecho penal tradicional.[i]
La referencia a la parte. antigona de Sófocles en el documento judicial trasciende el mero recurso retórico, estableciendo un puente entre el derecho contemporáneo y cuestiones fundamentales de la civilización occidental. Como sostiene Jeanne Marie Gagnebin, la necesidad de un ritual funerario trasciende el aspecto religioso, constituyendo un elemento fundamental de la propia dignidad humana. El paralelo establecido por Flávio Dino entre la tragedia griega y los casos de desapariciones forzadas durante la dictadura militar brasileña resalta cómo ciertas cuestiones fundamentales de la existencia humana y la organización social persisten a través de los siglos, exigiendo una reflexión constante y una actualización de nuestra comprensión de los derechos fundamentales.[ii]
El caso específico de Rubens Paiva, mencionado en la decisión, ejemplifica cómo el ocultamiento de cadáveres sirvió como instrumento de poder y control durante el régimen militar. Caroline Bauer, en su análisis de la dictadura brasileña, demuestra cómo esta práctica no fue ocasional, sino parte de una estrategia sistemática de terror de Estado. La transformación de la desaparición en política de Estado representa una sofisticación de los mecanismos represivos, que lograron asociar la eliminación física de los opositores con la producción de una incertidumbre permanente sobre su destino, multiplicando el efecto del terror sobre los familiares y la sociedad.
La película Todavía estoy aquí, citado por Flávio Dino, materializa artísticamente esta dimensión del sufrimiento que se perpetúa a través de generaciones.³
La interpretación de Flávio Dino de la Ley de Amnistía como inaplicable a los crímenes permanentes representa una ruptura significativa con interpretaciones anteriores y encuentra apoyo en lo que Vladimir Safatle llama la necesidad de enfrentar el “pacto de silencio” que caracterizó la transición democrática brasileña. Esta nueva interpretación judicial sugiere un cambio en la forma en que el Estado brasileño aborda su pasado autoritario, abandonando la perspectiva del olvido en favor de una política de memoria más activa. La decisión habla directamente de los debates contemporáneos sobre la justicia transicional y la creciente presión internacional para una mayor rendición de cuentas de los agentes estatales involucrados en graves violaciones de derechos humanos.[iii]
La mención de la película. Todavía estoy aquí en la decisión judicial, se destaca cómo diferentes formas de narrativa sobre el período dictatorial se entrelazan en la construcción de la memoria social. Rebecca Atencio observa que estas producciones culturales juegan un papel fundamental en el mantenimiento de la memoria histórica, funcionando como vectores importantes para la transmisión intergeneracional de conocimientos sobre el período. La incorporación de esta referencia cultural en una pieza judicial demuestra la creciente permeabilidad del campo jurídico a otras formas de narrativa sobre el pasado, reconociendo implícitamente que la construcción de la memoria histórica no se restringe a documentos oficiales o procesos judiciales.[iv]
El argumento sobre la continuidad del delito de encubrimiento dialoga con lo que Ludmila da Silva Catela identifica como una de las características fundamentales de las desapariciones forzadas: su capacidad de proyectar terror en el tiempo. La decisión de Flávio Dino reconoce jurídicamente lo que los estudios sobre la memoria ya habían identificado: la imposibilidad de establecer un marco temporal definitivo para los delitos cuyos efectos se perpetúan en el presente. Esta comprensión tiene profundas implicaciones para el debate sobre la prescripción penal y los límites temporales de la Ley de Amnistía, lo que sugiere la necesidad de repensar las categorías jurídicas tradicionales cuando se aplican a crímenes de lesa humanidad.[V]
La decisión judicial reconoce implícitamente lo que Carlos Fico llama la “dimensión familiar” de la represión, donde el sufrimiento causado por la desaparición se extiende por generaciones. Esta perspectiva resalta cómo el aparato represivo logró crear un mecanismo de violencia que trasciende la individualidad de la víctima directa, afectando estructuras familiares enteras y produciendo traumas que se transmiten de generación en generación. El reconocimiento judicial de esta dimensión del sufrimiento representa un avance significativo en la comprensión de los impactos a largo plazo de la violencia estatal, en línea con estudios recientes sobre el trauma intergeneracional y sus implicaciones para las políticas de reparación. La decisión de Dino, al incorporar esta perspectiva, contribuye a una comprensión más amplia y humanizada de los efectos duraderos de la represión política.[VI].
La mención de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas demuestra la inserción de esta discusión en un contexto más amplio de derechos humanos. Kathryn Sikkink sostiene que este tipo de regulaciones internacionales juega un papel crucial en la superación de legados autoritarios, funcionando como un importante instrumento de presión para cambios en las prácticas e interpretaciones legales internas.
La incorporación de este marco normativo internacional en los argumentos judiciales representa un paso importante en la armonización del derecho brasileño con los estándares internacionales de protección de los derechos humanos, destacando cómo el proceso de reconocimiento del pasado autoritario no se limita a las fronteras nacionales, sino que se inserta en un movimiento global por la verdad, la memoria y la justicia.[Vii]
El caso específico de Pará, mencionado en el caso, ejemplifica lo que Nilmário Miranda caracteriza como la espacialización de la violencia dictatorial, que adquirió contornos particulares en diferentes regiones del país. El desempeño del aparato represivo en el contexto de la Guerrilla de Araguaia revela cómo el régimen militar desarrolló estrategias de represión específicas adaptadas a diferentes contextos regionales, articulando fuerzas regulares y paramilitares en una compleja red de violencia institucional. La decisión de Dino, al abordar este caso específico, contribuye a una comprensión más matizada de la diversidad de formas que adoptó la represión en diferentes contextos geográficos y sociales del país, desafiando las narrativas simplificadoras sobre las acciones del aparato represivo.[Viii]
La figura del Mayor Curió, mencionada en el proceso, representa lo que Daniel Aarão Reis identifica como la compleja red de relaciones entre agentes de represión y poder local en el período posdictatorial. Su trayectoria, que incluye la transición de agente de represión a líder político regional, ilustra los mecanismos de continuidad del poder autoritario incluso después de la redemocratización formal. Este caso específico resalta cómo la impunidad y la falta de rendición de cuentas por los crímenes de la dictadura permitieron a agentes directamente involucrados en graves violaciones de derechos humanos no sólo permanecer libres, sino también lograr convertir su capital de violencia en capital político, demostrando las limitaciones y contradicciones de el proceso de transición democrática brasileña.[Ex]
La mención de la Guerrilla de Araguaia en el documento resalta lo que Marcelo Godoy describe como la militarización del aparato represivo y su acción específica contra los movimientos de resistencia armada. Este episodio histórico representa un momento particularmente significativo en la represión política en Brasil, donde las Fuerzas Armadas emplearon tácticas de guerra irregular contra opositores políticos, lo que resultó en un número significativo de desapariciones forzadas.
La decisión de Flávio Dino, al abordar este episodio, contribuye a mantener viva la memoria de uno de los capítulos más violentos de la dictadura militar, destacando cómo la práctica de la desaparición forzada fue utilizada sistemáticamente como instrumento para la eliminación física y simbólica de la oposición política.[X]
El concepto de “flagrante permanente” utilizado por Flávio Dino dialoga con lo que Paulo Abrão identifica como la necesidad de superar interpretaciones restrictivas de la justicia transicional brasileña. Esta construcción jurídica innovadora nos permite repensar los límites temporales de la Ley de Amnistía, creando posibilidades de rendición de cuentas que parecían bloqueadas por el entendimiento tradicional. Los argumentos desarrollados en la decisión representan una contribución importante al debate sobre la justicia transicional en Brasil, sugiriendo caminos legales para enfrentar la impunidad histórica por los crímenes de la dictadura sin necesariamente confrontar directamente la constitucionalidad de la Ley de Amnistía.[Xi]
La cuestión del derecho a la verdad, fundamental en el argumento de Flávio Dino, encuentra apoyo teórico en las reflexiones de Caroline Silveira Bauer sobre las políticas de memoria en el Brasil posdictatorial. El historiador demuestra cómo el ocultamiento sistemático de información sobre desaparecidos políticos constituye una forma de violencia que se perpetúa en el tiempo, afectando no sólo a las familias directamente involucradas, sino a toda la sociedad en su capacidad de comprender y procesar su traumático pasado.[Xii]
El entendimiento jurídico que emerge de la decisión representa un cambio paradigmático en la forma en que el Estado brasileño aborda su pasado autoritario. Al reconocer el carácter permanente del delito de ocultamiento de cadáver, el documento judicial abre el camino para una nueva comprensión del papel del derecho en la construcción de la memoria histórica, sugiriendo que el sistema judicial puede y debe contribuir activamente al proceso de resolución de conflictos. cuentas con el pasado.
Janaína de Almeida Teles sostiene que el derecho al duelo, central en la decisión de Dino, constituye un elemento fundamental no sólo para la reparación individual de las familias afectadas, sino para el propio proceso de consolidación democrática. La persistencia de la incertidumbre sobre el destino de los desaparecidos representa una herida abierta en el tejido social brasileño, que impide la plena realización del Estado Democrático de Derecho.[Xiii]
La interpretación presentada sobre la Ley de Amnistía sugiere una evolución en la comprensión jurídica brasileña de los crímenes de lesa humanidad. Este avance dialoga directamente con las tendencias internacionales hacia la rendición de cuentas por graves violaciones de derechos humanos, indicando una posible superación del excepcionalismo brasileño en el tratamiento de estos crímenes.
Los últimos años han demostrado cómo las interpretaciones restrictivas de la Ley de Amnistía han actuado como obstáculos reales para la consolidación de una justicia efectiva en Brasil. Esta limitación legal, que durante décadas impidió investigaciones más profundas sobre los crímenes de la dictadura militar, está comenzando a encontrar nuevos contornos interpretativos que permiten vislumbrar caminos alternativos para responsabilizar a los agentes involucrados en graves violaciones de derechos humanos.
La decisión del ministro Flávio Dino representa una ruptura importante en este escenario, al establecer una interpretación innovadora de la naturaleza de los delitos que implican el ocultamiento de un cadáver. Al reconocer el carácter permanente de estas violaciones, que continúan en el tiempo mientras las familias siguen privadas del derecho fundamental a enterrar a sus muertos, se abre una nueva perspectiva jurídica que puede permitir finalmente la investigación y eventual sanción de delitos hasta ahora amparados por una interpretación excesivamente amplia Ley de Amnistía.
Este momento de inflexión jurídica señala un cambio significativo en la forma en que el Estado brasileño aborda su pasado autoritario. El reconocimiento oficial del continuo sufrimiento causado por las desapariciones forzadas no sólo valida el dolor de las familias que han estado buscando a sus seres queridos durante décadas, sino que también contribuye a la construcción de una memoria histórica más justa y democrática. Esta nueva interpretación judicial sugiere que Brasil finalmente puede estar preparado para enfrentar los aspectos más dolorosos de su pasado reciente, un paso fundamental hacia la consolidación de una democracia verdaderamente madura.
*Erik Chiconelli Gomes es becario postdoctoral en la Facultad de Derecho de la USP.
Referencias
ARE 1501674/PA, Tribunal Supremo Federal, Ministro Relator Flávio Dino, 2024.
Ley N° 6.683, de 28 de agosto de 1979 (Ley de Amnistía).
Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, promulgada mediante Decreto N° 8.767, de 11 de mayo de 2016.
Código Penal brasileño, artículo 303 – Delito permanente.
Notas
[i] ARAÚJO, María Paula. “La lucha por la amnistía y la resistencia al olvido: la construcción de una memoria sobre los desaparecidos durante la dictadura militar”. En: Memoria, verdad y justicia: dimensiones de las políticas de memoria en Brasil, págs. 45-78. Río de Janeiro: UFRJ, 2015.
[ii] BAUER, Carolina Silveira. “El aparato represivo y la desaparición como tecnología de poder”. En: Brasil y Argentina: dictaduras, desapariciones y políticas de memoria, págs. 123-156. Porto Alegre: Medianiz, 2012.
[iii] SAFATLE, Vladimir. “El trauma y el tiempo de la reconciliación”. En: El uso de la violencia contra el Estado ilegal, págs. 237-259. São Paulo: Boitempo, 2010. El autor desarrolla una crítica mordaz de lo que llama el “pacto de silencio” de la transición democrática brasileña.
[iv] ATENCIO, Rebecca J. “Política cultural y memoria de la dictadura”. En: El turno de la memoria: enfrentar la dictadura en Brasil, págs. 45-72. Madison: Prensa de la Universidad de Wisconsin, 2014.
[V] CATELA, Ludmila da Silva. “El mundo de los desaparecidos políticos”. En: Situación límite y memoria: reconstruyendo el mundo de los familiares de personas desaparecidas en Argentina, págs. 89-124. São Paulo: Hucitec, 2001.
[VI] FICO, Carlos. “La dimensión familiar de la represión”. En: Historia del Brasil contemporáneo, págs. 234-256. São Paulo: Contexto, 2015.
[Vii] SIKKINK, Kathryn. "La cascada de la justicia en América Latina". En: La cascada de la justicia: cómo los procesamientos de derechos humanos están cambiando la política mundial, págs. 145-178. Nueva York: Norton, 2011.
[Viii] MIRANDA, Nilmário. “La represión en el campo y la guerrilla de Araguaia”. En: ¿Por qué los derechos humanos?, págs. 167-189. Belo Horizonte: Auténtica, 2006.
[Ex] REIS, Daniel Aarão. “Los militares y el poder: de la dictadura a la democracia”. En: Dictadura y democracia en Brasil, págs. 123-145. Río de Janeiro: Zahar, 2014.
[X] GODOY, Marcelo. “El aparato represivo y sus prácticas”. En: La casa de la abuela: una biografía del DOI-CODI, págs. 234-267. São Paulo: Alameda, 2014.
[Xi] ABRÃO, Paulo. “La Ley de Amnistía en Brasil: alternativas para la verdad y la justicia”. Revista Amnistía Política y Justicia Transicional, n.1, págs. 108-138, 2009.
[Xii] STARLING, Heloísa. “Memoria y verdad: el derecho al pasado”. En: Los señores de los generales., págs. 178-198. Petrópolis: Voces, 2018.
[Xiii] TELES, Edson. “Transición, memoria y reconciliación”. En: Democracia y estado de excepción: transición y memoria política en Brasil y Sudáfrica, págs. 145-167. São Paulo: FAP-Unifesp, 2015.
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