por RUBENS PINTO LYRA*
Informe de una cruzada contra la libertad de expresión
“La libertad de expresión goza de un lugar preferente en el Estado Democrático de Derecho, por ser condición previa al ejercicio ilustrado de los demás derechos y libertades” (Luiz Roberto Barroso, Ministro del Supremo Tribunal Federal).
“El precio de la libertad es la eterna vigilancia” (Thomas Jefferson, tercer presidente de los Estados Unidos).
La criminalización de la actividad académica en los gobiernos de Temer
En el período que comenzó con la revocación de A.1.5, el 13 de diciembre de 1978, hasta el final del gobierno de Dilma Rousseff, el 16 de agosto de 2016, los profesores universitarios brasileños no experimentaron limitaciones a la libertad de expresión – salvo casos aislados y pequeños conocidos.
Al menos no en las universidades públicas: ni a través de procesos administrativos en el ámbito académico, ni a través de demandas de sectores de la sociedad civil que pretendan obstaculizar el libre ejercicio de la actividad docente.
Recién con la entronización del gobierno ilegítimo de Michel Temer, los docentes de educación superior se convirtieron en objeto de denuncias, debido a su postura ideológica crítica, especialmente en relación al golpe blanco realizado, vía el proceso de destitución, contra la presidenta Dilma Rousseff.
La caza de brujas comenzó con la demanda presentada por el entonces Ministro de Educación, Mendonça Filho, contra los promotores de un curso sobre el golpe, organizado en abril de 2018 por profesores de la Universidad de Brasilia. Mendonça, asumiendo el papel de un nuevo Torquemada, ofició, el 13 de febrero de 2018, a la Contraloría General de la Unión (CGU), al Tribunal de Cuentas Federal (TCU) y al Ministerio Público Federal (MPF) una solicitud de investigación de irregularidades administrativas por parte de los responsables de la creación del mencionado curso, presuntamente por utilizar una institución pública con fines de proselitismo ideológico. Según el Ministro, el curso en cuestión “no tiene base científica. Es solo la promoción de una tesis de partido político” (BRANDINO, 2018).
Era de esperarse que la iniciativa ministerial, que tan ostensiblemente atentaba contra la libertad de cátedra y la autonomía universitaria -condenada incluso por representantes del pensamiento liberal, como el Folha de São Paulo (EDITORIAL, 2018) y el entonces Senador Cristovam Buarque (BUARQUE: 2018) – no se multiplicaron. Pero ahora los tiempos eran diferentes -peores, en este sentido, que en las fases más suaves del régimen militar- con el horizonte nublado por múltiples y concretas amenazas a la democracia.
A pesar de que el ejemplo de la UnB fue seguido por decenas de universidades públicas brasileñas, e incluso por universidades extranjeras (UNIVERSIDADES INTERNACIONALES…2018) que organizaron cursos con contenidos similares, la reacción de sectores conservadores, dentro y fuera de la institución universitaria, no se desvaneció. Los ataques contra la libertad de expresión continuaron en mayo de 2018, con el MPF llamando a la Justicia, a través de Acción Popular, por iniciativa de un Concejal de Salvador, con el objetivo de verificar la supuesta utilización de una institución pública con fines políticos partidistas (UFBA , 2018 ).
En la Universidad Federal de Ceará, fue el propio MPF quien interpuso una Acción Civil Pública en abril de 2018, para anular los actos administrativos que instituyeron la disciplina sobre el “Golpe de 2016”, argumentando que la UFC “optó por imponer oficialmente una narrativa específica a los estudiantes que se matricularon en la disciplina” (MPF pregunta… 2018). Lo hizo también en la UFG, el 28 de febrero de ese mismo año, para determinar si el curso sobre el “Golpe de 2016” estaría revestido de propaganda político-partidaria” (MPF. 2018). En la UFRN, el Tribunal Federal, el 01 de abril de 2018, negó un pedido de medida cautelar, presentado a través de Acción Popular, para que se suspendiera la disciplina sobre el “Golpe de 2016” (PÁDUA, 2018).
Posteriormente, el Tribunal Federal rechazó todas las demandas presentadas contra la realización de cursos sobre el golpe de Estado de 2016, con excepción del impartido en la Universidad Federal de Mato Grosso do Sul (UEMS) suspendido por medida cautelar otorgada por un juez de primera instancia, que condicionó la aprobación del citado curso para la inclusión de tesis de defensores de acusación en su contenido programático (MINISTERIO:2019).
Recién en mayo de 2021, el STF, juzgando la Querella presentada por los docentes de la UEMS y aceptada por su presidente, el ministro Luiz Fux, liberó la continuación, sin amparo judicial, del curso bajo análisis. La decisión de Luiz Fux no pudo ser diferente, una vez que el STF ya había expresado su clara y unánime al respecto, a favor de la libertad de expresión y la autonomía de la universidad (2021).
Finalmente, en octubre de 2018, durante la campaña electoral, una serie de acciones policiales, alcanzando al menos a 30 instituciones de educación superior del país, atentó contra la autonomía universitaria y la libertad académica.
Enumeramos a continuación las más graves violaciones a estos dos pilares de la convivencia universitaria: sentencia judicial, determinando el retiro de pancartas, que contengan las palabras "Derecha Antifascista UFF", "Marielle Franco" presente y "Dictadura Nunca Más", por considerarlas propaganda electoral; vetar la celebración de eventos; prohibiendo la publicación de artículos sobre debates y clases públicas y ordenando la retirada de pancartas, volantes y carteles.
Incluso hubo una invasión de una universidad, la Universidad Federal de Pará, donde policías armados llamados por un estudiante, interrumpieron una clase y amenazaron con arrestar al profesor, luego de que lo acusaran de adoctrinamiento en el aula (PROCURADORIA. 2018). Pero todas estas agresiones contra la institución universitaria fueron consideradas ilegales por la Justicia, gracias a la temeraria actuación de la Fiscalía General de la República (PFDC) del MPF, en contraste con la de los sectores conservadores del MP.
Dictamen emitido el 21 de marzo de 2018, por la PFDC de Rio Grande do Sul, promovió el archivo de la representación presentada por el Diputado de Estado Marcel Van Hatten, del Partido Nuevo, contra la realización, por el Instituto de Filosofía y Ciencias Humanas de la UFRGS , del curso: “El golpe de 2016” y la nueva ola conservadora en Brasil” (PFDC: 2018). De igual forma, la PFDC, el 8 de mayo de 2018 manifestándose sobre pedidos de investigación de constitucionalidad de cursos sobre “el golpe de 2016”, defendió la autonomía universitaria en la definición del contenido de las disciplinas académicas. (PFDC: 2018).
El análisis de las gestiones de la PFDC, antes enumeradas, será objeto de la tercera parte de este artículo, así como de los juicios del STF motivados por la actuación de los inspectores electorales y de la policía contraria a la autonomía universitaria. En ellos, la Corte Suprema reitera su condición de uno de los pilares sobre los que se sustenta la universidad pública brasileña.
Los ataques a la libertad de expresión por parte de las universidades
Como hemos visto, todas las iniciativas reportadas en la primera parte de este documento provinieron de autoridades externas a las universidades involucradas. Solo el caso que se relata a continuación provino de la propia institución, la Universidad Federal del ABC (UFABC). En este sentido, el Rector designó, el 23 de septiembre de 2018, una Comisión Investigadora abierta por Asuntos Internos Universitarios en julio de 2018 para investigar una denuncia anónima contra los profesores Gilberto Maringoni, Giorgio Romano y Valter Pomar. Fueron acusados de participar en un evento por el lanzamiento del libro “La verdad vencerá”, que presenta una larga entrevista con el expresidente.
Esta iniciativa de la UFABC se produjo meses después del dictamen de la PFDC, que afirmó que la Justicia era incompetente para investigar las denuncias que recibió sobre la organización de cursos relacionados con el “Golpe de 2016”, en atención al principio de irrestricta libertad de expresión en academia Pero es realista que el rey, rector de la UFABC, desató el odio revanchista contra la institución universitaria y la izquierda, aceptando un pedido anónimo de investigación sobre el lanzamiento del libro en cuestión – digamos, y passant, actividad rutinaria en las universidades.
En el caso en cuestión, el nuevo Torquemada utilizó como instrumento para identificar el “delito” un grotesco cuestionario, un verdadero interrogatorio de carácter inquisitivo, como se desprende de las preguntas contenidas en él, ostensiblemente parciales y discriminatorias. Ejemplos de algunos de ellos: ¿hubo, durante el lanzamiento del libro sobre Lula, una apología del crimen? ¿Hubo expresiones de agradecimiento por parte de los servidores públicos, en horario laboral, a su favor ya favor de los partidos de izquierda? ¿Hubo, durante el evento en cuestión, expresiones de desaprobación contra el Presidente Temer y miembros del Poder Judicial o del Ministerio Público?
no puede aceptar la naturalización de tales procesos, en los que se investigan denuncias anónimas infundadas, se elaboran cuestionarios fascistoides y se exige también “discreción” por parte de los investigados. La Comisión de Investigación de la UFABC –que nunca debió existir– decidió, tras un examen preliminar de la denuncia anónima contra los organizadores del lanzamiento del libro sobre Lula, archivarlo. Sin duda, esto se debió al inconformismo mostrado por la comunidad universitaria y a la presión de todos los sectores de la sociedad, defensores de la libertad irrestricta de expresión del pensamiento (PROFESORES de la UFABC…2018).
Análisis crítico de las representaciones de Parquet frente a cursos sobre el golpe de 1964
Más allá de los condicionamientos ideológicos de derecha, sólo la mala fe o el desconocimiento de lo que significa la libertad de expresión, especialmente en el ámbito académico, podría llevar a miembros del Ministerio Público a no rechazar en limine, por su ineptitud intrínseca, presentó alegaciones contra los organizadores del curso sobre el golpe institucional de 2016.
De hecho, la acusación de que la oferta de disciplinas que se refieren al golpe militar de 1964 o al “golpe blanco” de 2016 viola el principio de pluralismo de ideas, consagrado en la Constitución del país, es infundada. Lo que perjudicaría este principio sería la prohibición de cursos que adoptaran una interpretación diferente a la que califica la deposición de Dilma como un golpe de Estado. Algunos de los miembros del Ministerio Público que convocaron a los responsables de los cursos contra el golpe de 1964, como el Fiscal General de Ceará, Oscar Costa Filho, creen que cada curso ofrecido por la universidad debe incluir diferentes enfoques de su objeto de estudio. .
Así, “la institución educativa no se limitó a hacer un análisis imparcial y constructivo de un hecho histórico reciente en la política nacional. Prefería imponer oficialmente una narrativa específica a los estudiantes que se matriculaban en la disciplina” (COSTA, 2018). El Ministerio Público en cuestión está cometiendo un triple error. primero: no hay un “análisis parcial y constructivo”: lo que existe es la diversidad de enfoques sobre el golpe de 2016, como sobre la Revolución del 30, el golpe cívico-militar de 1964, la Revolución Rusa y un sinfín de hechos más.
¿Cuántos cursos se organizaron en Brasil sobre el golpe de 1964 sin exigir, al mismo tiempo, que se diera espacio a quienes defienden que no hubo un golpe, sino una Revolución? Hazlo ahora en relación con acusación es una señal de los tiempos oscuros en los que vivimos.
Segundo: esta diversidad de enfoques no puede ser resuelta ofreciendo, en una misma disciplina, múltiples versiones, lo que podría comprometer su coherencia doctrinal y político-ideológica. Se contempla la posibilidad de que todos ofrezcan cursos acordes con sus ideas, siempre que cuenten con la idoneidad académica necesaria.
Tercio: es un curso de extensión, de carácter optativo, que nada tiene que ver con la imposición oficial de una narración. Por último, pero no menos importante: para los que agregan el argumento del partidismo: estas disciplinas fueron organizadas sin ninguna injerencia del PT, incluyendo tanto a los docentes PT como a los críticos severos de ese partido (LUIZ NASSIF ON LINE: 2018).
El mismo Fiscal Costa Filho también hace una extraña sugerencia: que la UFC cambie el nombre de la disciplina “atendiendo a los intereses de la comunidad”. La estupidez del Fiscal es impresionante, ya que este cambio en nada altera lo que importa: el contenido del curso. Tampoco se sabe cómo “serviría a los intereses de la comunidad”. (COSTA: 2018). Atribuir a los profesores que imparten el curso sobre el golpe de 2016 la práctica de la incorrección administrativa es un acto de revanchismo por parte de quienes no se conforman con el hecho de que la universidad pública es una institución prestigiosa donde la crítica del establishment suele gozar de hegemonía (BASSO : 2018) .
De haber existido sentencias judiciales condenando a los profesores que organizaron o participaron en un curso sobre las estafas mencionadas, por impropiedad administrativa, habrían sacudido los cimientos sobre los que se asienta la convivencia universitaria: la libertad de expresión y la autonomía institucional. Tendría el efecto deletéreo de una verdadera “Ley Mordaza”.
De hecho, la condena de los profesores generaría, dentro de las universidades, una inseguridad jurídica sin precedentes, dejando a los profesores sin saber a ciencia cierta qué se les permitiría decir u organizar, situación característica de una dictadura. Poco quedaría de la universidad, como templo sagrado del libre choque de ideas.
También se podría temer por la libertad de la que siempre han disfrutado los profesores en los cursos universitarios regulares, para adoptar el enfoque analítico que les convenga, que incluso en los últimos años del AI-5 les fue negada. Y así limitar la libertad de cátedra, predefiniendo las condiciones de oferta e incluso el contenido de las disciplinas impartidas.
La posición de la Fiscalía de los Derechos del Ciudadano
El Ministerio Público Federal de los Derechos del Ciudadano (PFDC) de Rio Grande do Sul, el primero en descartar categóricamente la legitimidad de la Justicia para analizar los méritos de los contenidos de las asignaturas ofrecidos por las instituciones de educación superior, redujo considerablemente las posibilidades de que las fuerzas oscurantistas silenciaran la universidad En su Nota Técnica, este órgano de defensa de los derechos humanos del MPF destacó que “restringir la discusión de determinados temas, en el ámbito escolar, afecta la gestión democrática de la función pública, además de contradecir los principios constitucionales que protegen las libertades de enseñanza”. y la difusión de la cultura, el pensamiento, el arte y el conocimiento”. Y agrega: “aún existiendo alguna impropiedad en aspectos de la realización de dicho curso, la controversia al respecto deberá ser resuelta internamente, en el ámbito de los órganos universitarios competentes, sin intervención del Ministerio Público y del Poder Judicial”. ”. (2018).
Siguiendo sus pasos, la PFDC afirma que el Poder Judicial “no tiene competencia para cuestionar y mucho menos suspender cursos sobre el golpe de 1964”, en vista de las disposiciones de la Carta Magna que aseguran la autonomía didáctico-científica de la institución universitaria (art. 207 de la Constitución Federal).
En un dictamen de 17 páginas al respecto, escrito por el Licenciado Enrico Rodrigues de Freitas, afirma que la “Universidad constituye un espacio propicio para valores y narrativas no necesariamente unívocas, sino fatalmente dialécticas. De esta forma, cualquier institución de educación superior puede albergar cursos sobre un mismo tema, propuestos desde la autonomía de su propio profesor o estudiante, especialmente considerando la existencia de una, dos o más narrativas en disputa, en múltiples campos científicos, que se interpretan de manera diferente a entre sí los hechos ocurridos en el campo institucional brasileño en el año 2016” (PFDC, 2018).
Con ello, la PFDC del Ministerio Público Federal rescató lo mejor de este organismo como defensor de los derechos humanos y mostró el papel destacado que instituciones como Parquet, cuando están animados por el espíritu democrático, pueden tener en la preservación del estado de derecho.
Doctrina y jurisprudencia
Las últimas constituciones brasileñas, las de 1946 y 1988, destacaron la libertad de transmisión y recepción del conocimiento, en relación al ejercicio de la enseñanza, cuando consideran como uno de los principios de la enseñanza la “libertad de aprender, enseñar, investigar y difundir”. sus saberes”, pensamiento, arte y saber, dentro de una visión pluralista de ideas, concepciones pedagógicas e instituciones educativas públicas y privadas” (art. 206, II y III de la Constitución de 1988)
Corresponde al docente, dentro de la materia contenida en los programas docentes oficiales y los planes de estudio escolares, impartir su curso con la libertad de crítica, contenido, forma y técnica que estime más conveniente. Según el difunto y eminente constitucionalista Sampaio Dória, en su libro Comentarios a la Constitución de 1946, en ella se encarnan esos dos derechos, propios de la libertad de cátedra: “el de ser el profesor) único juez de la verdad sobre lo que enseña y el de su única dependencia de la técnica de su enseñanza. No existe una ciencia oficial, ni un método de enseñanza oficial. Cada maestro es dueño de cómo enseña sus enseñanzas” (DORIA, Vol. IV/778).
El célebre jurista José Afonso da Silva subraya que este es el reconocimiento de la libertad de una clase de especialistas en la comunicación del saber, que son los docentes. Subraya que la expresión libertad de cátedra era más restrictiva porque estaba ligada a la idea de cátedra, que tenía la connotación de titularidad en determinados cargos docentes. Según Silva: “La fórmula que se utiliza ahora es más integral porque va dirigida a cualquier docente, a docentes de cualquier nivel, dándoles libertad para enseñar, aprender e investigar” (SILVA, 258: 2017).
La opinión de estos dos distinguidos constitucionalistas resume todo lo que puede decirse al respecto, correspondiendo a la interpretación incontrovertible de lo que la Constitución dispone al respecto.
de jurisprudencia
La garantía constitucional de la libertad de expresión está vigente desde la Constitución de 1946, registrándose, incluso bajo el régimen militar, jurisprudencia a su favor. En 1964, el STF absolvió a un profesor de Economía por distribuir copias de un manifiesto contrario a la situación política actual a 26 estudiantes, acusado de incitar a la subversión y al orden político y social.
El 31 de octubre de 2018, durante el período de las elecciones presidenciales, el Supremo Tribunal Federal (STF) concedió por unanimidad la Demanda de Incumplimiento de un Precepto Fundamental (ADPF), interpuesta por la Procuraduría General de la República (PGR), colocando una pala cal en un intento de obstaculizar la libertad de expresión en la Universidad. En decisión unánime, el STF avaló un amparo otorgado por la ministra Carmen Lúcia, entonces presidenta de ese tribunal, que suspendía las decisiones del Tribunal Electoral que autorizaban el ingreso de policías, el retiro de pancartas y la prohibición de debates y clases abiertas.
En un pronunciamiento histórico, en su voto como relatora para el alegato de inconstitucionalidad de las medidas que restringen la libertad de expresión en las universidades, Carmen Lúcia se expresó de la siguiente manera: “Imponer la unanimidad, impidiendo o dificultando la manifestación plural del pensamiento es encerrar a la universidad, silenciando a los estudiantes y amordazando a los profesores. La única fuerza legítima para invadir las universidades es la de las ideas libres y plurales. Cualquier otro que entre allí es un tirano, y la tiranía es exactamente lo contrario de la democracia” (TUROLLO, 2018). Y sin embargo: que “la formación de consensos sólo es legítima cuando resulta de manifestaciones libres. La democracia no es unanimidad. El consenso no es imposición, es libre conformación basada en el respeto a las diferencias” (MEUNIER, 2021).
También es necesario registrar el voto del Ministro del STF, Luiz Roberto Barroso. Afirmó que, en un Estado Democrático de Derecho, “la libertad de expresión debe prevalecer sobre otras libertades, especialmente en Brasil, que tiene una tradición de restricción de este derecho, como en la dictadura militar. En nombre de la religión, la seguridad pública y las costumbres, la historia brasileña en esta materia estuvo marcada por la intolerancia, la persecución y el cercenamiento de las libertades” (JUNIOR, 2018).
Já no âmbito internacional, a significação e a abrangência do direito à liberdade de expressão (gênero do qual a liberdade acadêmica é espécie) no regime democrático foi consagrada, entre outras decisões judiciais, em memorável acórdão da Corte Europeia de Direitos Humanos em um caso marcante , conocido como Handside v Reino Unido, en los siguientes términos: “La libertad de expresión constituye uno de los fundamentos esenciales de una sociedad democrática, una de las condiciones básicas para su progreso y para el desarrollo de todo hombre. Es aplicable no sólo a las informaciones o ideas favorables o inocuas, sino también a las que conmocionen, ofendan o inquieten al Estado o a cualquier sector de la población. Tales son los requisitos del pluralismo, la tolerancia y la apertura intelectual, sin los cuales no hay sociedad democrática” (Informe Europeo de Derechos Humanos, 1972).
El gobierno de bolsonaro, autonomía y libertad de expresión en las universidades
El proyecto “Escuela sin Fiesta”
Iniciado en marzo de 1964 y culminado con la promulgación de la Constitución de 1988, las arbitrariedades que florecieron durante el régimen militar, en especial la represión del derecho de reunión y la libre expresión del pensamiento en las universidades, volvieron con fuerza, como hemos visto, con la criminalización de la actividad docente en 2018, solo que esta vez bajo el manto de la legalidad.
El ascenso a la Presidencia de un notorio neofascista ha agravado aún más el irrespeto a los pilares sobre los que se asienta la convivencia universitaria, garantizada por la Carta Magna. Así lo entiende unánimemente el Supremo Tribunal Federal (STF), que también considera inconstitucional la violación de la autonomía universitaria.
Asimismo, la posición unánime de la doctrina no deja lugar a dudas sobre las amplias garantías constitucionales y judiciales relacionadas con la libertad de expresión, garantizada no sólo a quienes ejercen la docencia universitaria, sino también a la docencia en todos los niveles educativos. Sin embargo, la práctica ha demostrado que su efectividad depende de una correlación de fuerzas favorable a quienes defienden la libertad de expresión, frente a la actitud beligerante de las fuerzas conservadoras imbuidas de delirante anticomunismo y convicciones morales ortodoxas. Y también, el peso que estas fuerzas tienen en el ámbito del Ministerio Público y del Poder Judicial.
De no ser así, ¿cómo se explica que, a pesar de tan sólidos fundamentos jurídico-constitucionales, las universidades fueran sacudidas, en 2018, por iniciativas de miembros del Ministerio Público y por decisiones judiciales de dudosa constitucionalidad, afectando profundamente la autonomía y libertad de expresión de sus docentes? (PADILHA, 2018).
De no haber sido por las decisiones del STF, que prohibieron todas estas iniciativas, y la firme posición de la Procuraduría Federal de los Derechos del Ciudadano, habría habido varias condenas contra profesores universitarios, por supuestas irregularidades administrativas, o por otros delitos que les fueron imputados, con el único objetivo de amordazarlos (POWER'S OFFICE..., 2018).
Descartada, mientras la composición del STF no cambie sustancialmente, y la autonomía de la Procuraduría Federal de los Derechos del Ciudadano no sea contaminada por la Procuraduría General de la República, la criminalización de la actividad docente, es necesario continuar el proceso legal y político confrontación, de iniciativas que pretenden hacerla efectiva, como la Ley Mordaza. Es un proyecto que “envía un mensaje de certeza y suposición de ideas supuestamente neutras, en realidad lo oculta. un contenido fuertemente persecutorio, represivo y violento, imponiendo serias restricciones a la conducta pedagógica de los docentes” (RAMOS: 2019, p. 76).
Según el diario Folha de São Paulo, en una encuesta del Movimiento Educación Democrática, realizada en agosto de 20189, se tiene registro de 121 proyectos de ley vinculados a Escola Sem Partido en legislaturas municipales y estatales, que pretenden dotar a las instituciones educativas a favor de una ideología fascista y regresiva. Iniciativas directamente vinculadas a los simpatizantes de Jair Bolsonaro.
En efecto, proponen cambios en piezas clave de la legislación y la planificación educativa, prohibiendo el abordaje de ciertos temas en los libros de texto y tipificando delitos que los fundamentalistas entienden como adoctrinamiento (ALGEBAIDE:2017, p.47). Está claro que estas iniciativas no son sueltas, descoordinadas, de lo contrario su fragilidad jurídica ya las habría comprometido. “Detrás de lo que podría considerarse una simple trampa, existe una poderosa red de relaciones que sorprende con diversas articulaciones y redes que permean la sociedad civil, las instancias religiosas y los partidos políticos” (ESPINOSA E CAMPANUCCI: 2017, p. 21).
El actual gobierno, encabezado por Jair M. Bolsonaro, que apoya a la Escola Sem Partido, “fomenta conductas discriminatorias, a través de la práctica de filmar a los docentes por parte de los estudiantes, con el fin de aconsejarles que los denuncien si están impartiendo contenidos relacionados con las tesis de Paulo Freire” (GHIARDELLI:2019, p.82).
Con igual aliento, hubo varias restricciones a la libertad de expresión y reunión, con énfasis en la nota del Ministro de Educación, Eduardo Weintraub, quien envió cartas a las instituciones educativas diciendo que “los docentes, empleados, estudiantes e incluso sus padres no están autorizados a estimular protestas durante el horario escolar”. En esa oportunidad, la PFDC recomendó al Ministro “abstenerse de coartar la libertad en las escuelas y promover la cancelación inmediata de dicha nota”, so pena de que la Fiscalía General de la Nación emprenda acciones ante la Justicia para que la recomendación se convierta en orden judicial (CENSURA… 2019) .
Entre los abusos practicados, hubo incluso invasiones de ambientes de trabajo académico. Entre estos, el perpetrado por los militares, en julio de 2019, cuando al menos cuatro de ellos invadieron la reunión de la SBPC y filmaron las conferencias de uno de sus Directores, el reconocido neurocientífico Sidarta Ribeiro (MILITARES invaden… 2019). Por eso, es importante recordar que, en la actualidad, “los gobernantes de extrema derecha apuntan a dos objetivos preferenciales para hacer efectivo su proyecto: (1) equipar el sistema judicial, con miras especialmente al control del STF, permitiendo cambios en la Constitución, bajo una aparente tutela de la legalidad (2) silenciamiento de las voces opositoras, difamación pública de biografías, mediante el uso de los sistemas de justicia e inteligencia para intimidar y socavar económicamente tanto a la prensa no alineada con el gobierno como a las instituciones educativas, espacios de libertad de expresión, peligrosa para la estabilidad de su proyecto de poder autoritario. (ALGEBAIDA, 2017).
A pesar de la fuerza de articulación, en la sociedad y en la política, de todas las tendencias sociales y políticas de derecha a favor de la Ley Mordaza, el STF, esta propuesta neofascista, sufrió una grave derrota. En efecto, el STF, valorando, el 4 de junio de 2020, Acción Directa de Inconstitucionalidad, interpuesta el 30 de mayo de 2016, frente a la Ley 7.800/2016, del Estado de Alagoas, que estuvo en vigor por 4 años, juzgado que dicha ley DERROTA…2020 es totalmente inconstitucional).
La Corte Suprema también declaró por unanimidad la inconstitucionalidad de una ley municipal en Nova Gama (MG) que prohibía la discusión sobre género y sexualidad en las escuelas. La ley, vigente desde 2015, prohibía material con información sobre ideología de género” en las escuelas de la ciudad (DERROTA…2020).
Las sentencias dictadas por la Corte Suprema, a pesar de no tener carácter vinculante, ya que no obligan a todos, brindan sólidos lineamientos que deben guiar la actividad legislativa, como la libertad de aprender, enseñar e investigar, lo que no es compatible con la imposición de neutralidad, contemplada en la ley del Estado de Alagoas, antes mencionada. En efecto, la neutralidad pretendida implicaría, según el STF, no tolerar la exposición de diferentes cosmovisiones, ideologías y perspectivas políticas a partir de las cuales se pueda formar un juicio crítico de estas concepciones (PFDC destaca…2021).
Finalmente, a nivel estatal, en reacción a la propuesta de Escola sem Partido, el diputado Carlos Minc (RJ) y otros firmaron un proyecto de ley que garantiza la plena libertad de expresión, en el ámbito escolar, para profesores, estudiantes y empleados, prohíbe la coacción contra la libertad de enseñanza y garantiza a los sindicatos de estudiantes el derecho a promover debates.
Tras la aprobación por la Asamblea Legislativa de la “Ley sin Mordaza”, el gobernador Claudio Castro la sancionó. Sin embargo, por presiones de la bancada bolsonarista, intentó vetar la ley ya promulgada, pero se retiró por considerar que no contaba con respaldo legal para la maniobra (BARREIRA E TELES: 2021).
El gobierno de Bolsonaro y los nuevos ataques a la libertad de expresión y la autonomía universitaria.
Incluso la derrota infligida al bolsonarismo, con la declaración de inconstitucionalidad de la Ley Mordaza, no impidió que esta corriente político-ideológica enfriara su espíritu, como lo demuestra el proyecto de ley presentado por el diputado Flávio Bolsonaro (PL 4425/2020), claramente totalitario inclinación.
Este proyecto de ley considera un delito contra la seguridad nacional prohibir “cualquier referencia a personas, organizaciones, eventos o fechas que simbolicen el comunismo y el nazismo”. Afecta directamente al ámbito escolar, al otorgar a los establecimientos educativos la “responsabilidad de adoptar medidas encaminadas a sensibilizar a los estudiantes sobre los delitos cometidos por representantes de los regímenes comunista y nazi”
Pero el delirante proyecto de ley no se limita a prescripciones de carácter administrativo o pedagógico. Así, quien fabrique, distribuya o comercialice símbolos publicitarios que utilicen la hoz y el martillo o cualquier otro medio de difusión, podrá ser sancionado con prisión de dos a cinco años y multa (PROJETO… 2020). Insuficientemente divulgado, este proyecto, concebido por la “oficina del odio”, cuenta con el respaldo silencioso de Bolsonaro. Su aprobación golpearía los cimientos de nuestra democracia, allanando el camino para el establecimiento de un estado neofascista.
Además de los dos proyectos analizados, buques insignia de la cruzada bolsonarista, de carácter más general, también tenemos los que proponen “el fin del abuso en las exposiciones artísticas”, la “prohibición de enseñar la ideología de género en las escuelas, la sumisión de el niño al aprendizaje de la sexualidad” y la “prueba de drogas para la inscripción y reinscripción en las universidades públicas” (CARVALHO FILHO: 2019).
Uno de los más recientes instrumentos autoritarios utilizados, con un barniz legal, para lograr la autonomía universitaria y la democracia fue el nombramiento, por parte del Presidente de la República, de Rectores que no figuran en la triple lista de candidatos al cargo, elaborada por la comunidad universitaria, o, en ellos figura, teniendo una representatividad insignificante.
El informe de la Comisión de la Verdad de ANDES-Sindicato Nacional registra que “a principios de septiembre, Bolsonaro había designado, negando los criterios de representatividad mencionados, hasta entonces aceptados por el gobierno federal, al menos 12 Rectores de Universidades Federales y 3 de Universidades Federales”. Institutos Tecnológicos o Escuelas Técnicas” (COMISIÓN… 2020). El candidato a la Rectoría de la UFPB, en noviembre de 2020, recibió apenas el 5% de los votos y su nombre no figuraba en la triple lista elaborada por el Consejo Universitario de la UFPB.
Cabe cuestionar la legalidad de estos nombramientos, ya que la triple lista fue diseñada para dar soporte legal a la designación de Rectores con representatividad efectiva. En efecto, no es concebible aceptar el nombramiento de administradores que no estén dotados de él. De proceder de otro modo, se vulneraría gravemente el principio constitucional que consagra la gestión democrática en las universidades públicas, pues este tipo de gestión no puede tener como origen un nombramiento espurio, carente de representatividad.
El ataque a la autonomía universitaria, lanzado por Bolsonaro contra la Universidad Federal de Pelotas, generó una respuesta inédita e ingeniosa al nombramiento del subcampeón de la triple lista como Rector de esa institución. En lugar de renunciar a su nombramiento, o aceptar el ejercicio exclusivo de su mandato, la candidata en segundo lugar decidió adoptar un sistema de cogestión, compartiendo informalmente el cargo de Rectora con la candidata en primer lugar.
Esta forma de “contraatacar a los golpistas de Brasilia y Pelotas” no solo fracasó, sino que contribuyó a la movilización de la comunidad universitaria en defensa de su autonomía, bajo la égida de la democracia participativa (CRANCIO:2021).
Pero el gobierno federal no se dio por vencido y decidió remitir, el 7 de febrero de 2021, una carta en la que pide medidas para “prevenir y sancionar actos partidistas en las instituciones educativas públicas federales”, y luego se retractó inmediatamente por una recomendación del MPF de no frenar los actos políticos en las universidades (MPF recomienda…2021). Esta tentativa surgió al mismo tiempo que trascendía la información de que la Contraloría General de la Unión (CGU) había abierto un proceso de investigación contra dos profesores universitarios de la UFPEL: Pedro Hallal, ex Rector de la UFPEL, y Eraldo Pinheiro, actual Prorrector de Cultura. en ADUFPEL, acusado de “manifestación irrespetuosa en desacato al presidente Bolsonaro”.
Ante el temor de que la demanda interpuesta en su contra por la CGU pudiera resultar en su destitución de la UFPE, estos profesores firmaron un Término de Ajuste de Conducta (TAC), que “les prohíbe realizar cualquier tipo de manifestación política en la universidad”, además de sometiéndolos a la humillante obligación de tomar un curso de ética en el servicio público (PROFESOR…2021).
Ante los hechos ocurridos, ¿fue la firma del TAC con la CGU la mejor estrategia de defensa? Entendemos que no, tanto por razones fundamentales, de carácter jurídico, como estratégicas, de carácter político. Desde el punto de vista jurídico, el proceso iniciado por la CGU carece de consistencia, pues se alega que existe una infracción del art. 117 de la Ley Federal 8.112, que prohíbe a los servidores sindicales “promover expresiones de aprecio o desaprobación dentro de las dependencias del departamento”.
Reclamo inepto, por tratarse de una norma infraconstitucional que no puede anular la autonomía universitaria, consagrada en el texto de la Carta Magna brasileña. Como ya vimos, el juicio unánime del STF, de manera clara, consagra la plena libertad de expresión en los escenarios académicos. Por lo tanto, la discusión sobre la violación o no del artículo de la ley federal en cuestión no es relevante, siendo el argumento de la no violación de esta ley, aquel en el que el prof. Hallal, en entrevista con Folha de São Paulo, fundamenta su defensa, desprovista de interés político o jurídico (DECLARAÇÕES:2021).
La defensa más adecuada para el profesor Hallal, la que daría más fuerza a la garantía de la libertad de expresión, sería la denuncia de las arbitrariedades cometidas por el gobierno, apostando a la movilización de su categoría, y de la sociedad, para anular la demanda interpuesta en su contra e impedir la difusión de la discrecionalidad en otras universidades. En efecto, fue la amplia y negativa repercusión social que logró el castigo arbitrario de los dos profesores de la UFPEL lo que hizo retroceder al gobierno. Quienes enseñan, cuando son amenazados, no deben buscar resolver el asunto en términos personales, ya que terminan legitimando la espuria legislación en la que están enmarcados.
Si, de una forma u otra, contemporizamos, el flanco quedará abierto a nuevos ataques del bolsonarista Torquemadas. Se animarían a repetir, teniendo en cuenta que contarán con el apoyo y decenas de nuevos Rectores designados por el actual inquilino del Planalto. Este es un tema vital para la universidad. Si el gobierno logra frenar a los docentes con la aceptación, en la práctica, de sus medidas arbitrarias, la libertad de expresión quedará definitivamente vulnerada, conditio sine qua non por la existencia de una universidad digna de ese nombre.
Terminamos con el registro de un paso más en la escala neofascista de represión a los docentes. En el caso en especie, un acto inédito, hasta ahora impensable, practicado el 16 de junio de 2021 contra la Associação dos Profesores de la Universidad Federal de Paraíba (ADUF-PB) de esa institución por el Rector ilegítimo (su nombre ni siquiera aparecía en la ¡la triple lista de candidatos a la Rectoría!). Se trata de una amenaza de desalojo judicial de la entidad, – instalada en su Centro de Vivencia da UFPB hace 42 años por motivos políticos, disfrazada de cobro de la supuesta deuda millonaria de la entidad – tesis refutada por los directivos de la ADUF y otras entidades representativas de la universidad comunitaria (RECTOR… 2021).
Su representatividad es innegable, pero habrá que apostar por nuevas y creativas formas de movilización y por la solidaridad activa de toda la categoría de profesores universitarios para hacer frente a este indecente intento de destruir los medios de que disponen para resistir la escalada neofascista. .
Para concluir, hacemos nuestras las palabras de Henri Acselrad, al destacar la importancia del trabajo intelectual, de la “militancia teórica” como factor de conciencia individual y de transformación social: “Ayudar a la sociedad a pensar es también un medio de ayudar a la sociedad a respirar , la energía y la inteligencia necesarias para enfrentar a los enemigos de la inteligencia y la democracia. Cuando los que están en el poder llaman a la libertad la amenaza a la libertad, llaman a la democracia lo contrario de la democracia, el uso de la palabra implosiona desde dentro, subordinándose a la lógica de la violencia, expresión plena del autoritarismo. El científico social está, en su dimensión pública, llamado a “inducir un cambio en el clima moral del debate, de forma que se evite la agresión como castigo injusto de los pueblos o individuos, como norma de todos y no de unos pocos”. .
* Rubens Pinto Lyra, Doctor en Derecho (área Política y Estado), es Profesor Emérito de la UFPB.
Publicado originalmente en Rubens Pinto Lyra. Bolsonarismo: ideología, psicología, política y Temas relacionados (Ed. del CCTA/UFPB).
Referencias
ASELRAD, Henri. “Ataques a la Libertad Académica”. la tierra es redonda, 27 de mayo de 2021.
ALGEBAIDE, Eveline. Escuela sin fiesta: qué es, cómo funciona, para qué sirve. En: Frigotto, Gaudencio. Escuela sin Partido. Río de Janeiro, LPP/UERJ, 2017).
BARREIRA, Gabriel y TELES, Lilia. Claudio Castro renuncia al veto de la “Escola sem Mordaça” y el proyecto se convierte en ley en RJ. 21 jun. 2021. https://g1.globo.com 21 de junio de 2021.
BASSO, Murilo'. Oleada de cursos sobre “golpe” expone dominio “abrumador” de la izquierda en las universidades. 10 mar. 2018.
BRANDINO, Jessica. Ministerio de Educación pide investigación de disciplina de UnB sobre “golpe de estado de 2016”. San Pablo, Folha de São Paulo, 22 de febrero 2018.
BUARQUE, Cristóbal. Plena libertad académica. Correo brasileño. Brasília DF. 28 de febrero de 2018.
CARVALHO FILHO, Luis Francisco. Banco de Ideas. Folha de São Paulo: São Paulo, 29 de junio. 2019.
CENSURA A LA UNIVERSIDAD. Carta Capital. 12 de junio 2019.
COMISIÓN DE LA VERDAD DE LOS ANDES-SN. Informe final de investigación: la dictadura militar-empresarial en las universidades públicas brasileñas. Brasília, Andes, 2020.
COSTA, Oscar Filho. MPF pide suspensión de curso por “golpe de estado de 2016” en UFC. El pueblo. Fortaleza, 28 de abril. 2018.
CRANCIO, Fernanda. La UFPEL tendrá gestión compartida por un par de Rectores a partir de este viernes. Diario del Comercio. Porto Alegre (RS). 8.1.2021.
DECLARACIONES de Bolsonaro y de un ministro también dan lugar a diligencias, dice profesor censurado. Folha de São Paulo, São Paulo, 5 de marzo. 2021.
DERROTA para la Ley Mordaza: STF declara inconstitucional la ley sobre ideología de género. SIND-Rede BH, Belo Horizonte, 27 de abril de 2020.
DORIA, Sampaio. Derecho Constitucional – Comentarios a la Constitución de 1946. São Paulo: Max Limonad, 1947.
EDITORIAL. Golpes de estupidez. Folha de São Paulo, São Paulo, 1972/XNUMX/XNUMX.
ESPINOSA, Betty Solano and QUEIROZ, Filipe. Breve análisis de las redes Escuela sin Partido. En: FRIGOTTO, Gaudencio. Escuela sin Partido. LPP-UERJ. Río de Janeiro: Laboratorio de Políticas Públicas. 2017.
TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS. Informes europeos de derechos humanos. Estrasburgo (Francia), 1972.
FUX lanza un curso que trata sobre acusación de Dilma como golpe de Estado. DP (Diario de Poder) 18 jun. 2021.
GHIRALDELLI, Paul. La filosofía explica a Bolsonaro. Sao Paulo: Tres Estrellas, 2019.
LUIS NASSIF en línea. Goiás MPF cree que el rumbo de Golpe está a favor del PT.
MPF recomienda al MEC dejar de frenar los actos políticos en las universidades. Congreso en foco.
NO a la Ley Mordaza: STF rescata principios democráticos de la Educación. Rojo, 24.8.2020.
MEUNIER, Isabel. ¿Le corresponde a la CGU garantizar nuestro aprecio por el capitán? Diario ADUFERPE, 20 de abril de 2021.
MILITAR invade una reunión y filma una conferencia del director de la SBPC, Sidarta Ribeiro. Disponible en htttps.revistaforum.com.br. 25 de septiembre 2019.
MPF recomienda al MEC dejar de frenar los actos políticos en las universidades; Congreso en foco, 5 de marzo. 2021.
PFDC presenta demanda contra curso en la UFRGS “el golpe de Estado de 2016 y la nueva ola conservadora en Brasil”. Consultoría en Comunicación Social. 22 de febrero 2018.
PFDC defiende la autonomía universitaria en la definición del contenido de las disciplinas académicas. Disponible www.mpf.mp.br.
MPF pide la suspensión del curso sobre “El golpe de 2016” en la UFC. opovo.com.com.br 26.4.2018.
FISCALÍA investiga curso sobre “golpe de estado de 2016”. en la UEMS. Disponible Mediamax 27 de abril 2018. Consultado el 29 de mayo de 2018.
PFDC defiende la autonomía universitaria en la definición del contenido de las disciplinas académicas. Disponible www.mpf.mp.br.
PFD destaca decisión de la Corte Suprema que suspende la “Ley Mordaza” en Alagoas. Jusbrasil.com.br 24 jun. 2021
PADÚA, Luciano. Curso sobre golpe de Estado de 2016 podrá dictarse en la UFRN, dice Justicia Federal. Periódico El pueblo. 28 de abril 2918.
PROFESORES UFABC son denunciados por realizar evento de lanzamiento de libro con entrevista a Lula. Combate racismambiental.net.br 25 jul. 2020.
ABOGADOS, rectores y ministros reaccionan ante acciones en Universidades. Folha de São Paulo: São Paulo, 26 oct. 2018.
El PROYECTO de Eduardo Bolsonaro quiere criminalizar la apología del comunismo. Folhauol.com. 2 de septiembre 2010.
PROFESOR UNB defiende curso “Golpe de Estado 2016” tras críticas del MEC. El Globo, Río de Janeiro, 24 de febrero. 201
PROFESOR UFPA es citado a declarar sobre golpe de Estado. ADUFPB-ANDES, 29 abr. 2018.
PROFESOR investigado por el gobierno por criticar a Bolsonaro deberá participar en un curso de ética pública. https://folha.uol. com.br>panel>2021/3/9.
PADILHA, Joaquín. Ministerio Público investiga curso sobre “golpe de Estado” de 2016 en UEMS. Periódico Media Max. 2 de abril 2018. GME@dhr-rgv.com 3 de marzo de 2021.
Decana/interventora de la UFPB notifica a entidades a pagar rentas exorbitantes. Santa Rita en foco. 16 de octubre 2021.
SILVA, José Alfonso. Curso de Derecho Constitucional Positivo. São Paulo: Malheiros Editores, 2017.
SUPREMO mantiene medida cautelar que suspende actuaciones de la Justicia Electoral en Universidades. https: el globo. globo.com. 20 de noviembre 2018.
UFBA. Profesor es citado por impartir “disciplina golpista”. Disponible en RS NOTÍCIAS. 10 mar. 2018.
La UFPEL tendrá gestión compartida por un par de rectores. Puerto Alegre: Diario del Comercio, 7 de enero 2021.
UNIVERSIDADES internacionales también anuncian curso sobre golpe de Estado en Brasil. Escritura pragmática. Disponible www.pragmatismopolitico.com.br.
VEREADOR apela contra las clases por el golpe de Estado de 2016. 2 mar. En UFPA 2018. Poder 360 2 mar. 2018.
TUROLLO, Reginaldo Júnior. Operativos en universidades lesionan libertad de expresión, dice STF. Folha de São Paulo, São Paulo, 11 oct. 2018.
VELASCO, Murilo. El Ministerio Público de Goiás interpuso una Acción Civil Pública solicitando la suspensión de un curso en la UFG. Globo G1.com. 20 de abril 2018.